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El Gobierno imputó a grandes empresas por generar el desabastecimiento en supermercados

Inspectores de la Subsecretaría identificaron faltantes en góndolas de productos de consumo masivo. Fue en el marco de las fiscalizaciones realizadas en comercios.


La Secretaría de Comercio Interior decidió imputar a grandes empresas de consumo por “retención en sus volúmenes de producción o falta de entrega de determinados productos de consumo masivo para su comercialización”, incumpliendo con las indicaciones impuestas por ley a partir del inicio del programa de Precios Máximos.

Según trascendió, las compañías que aparecieron en la mira por diferentes irregularidades fueron Mastellone, Fargo, AGD, Danone, Molinos Cañuelas, Bunge, Molinos Río de la Plata, Unilever, P&G, Paladini y Potigian.

Los informes sostienen que estas habrían incumplido la intimación a “incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución con el fin de satisfacer la demanda”, establecida por la resolución 100/2020.

El programa de Precios Máximos tiene como finalidad proteger a las y los consumidores de posibles abusos en los precios y garantizar el normal abastecimiento de productos. No fue así el último caso, ya que se apuntó al faltante de aderezos, quesos cremas, postres, pañales, detergentes, ravioles y ñoquis, tapas de empanadas, pan lactal, harinas, productos a base de arroz, arroz y aceites.

Vale destacar que no todas las empresas fueron comprendidas en el faltante de producto, sino que algunas de ellas no presentaron la documentación completa solicitada por la Secretaría de Comercio Interior. Frente a esa situación, tienen un plazo máximo para reestablecer sus condiciones habituales.

En los casos en que se verificó una reducción de la producción o en la distribución de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza que incumplen con lo establecido en la resolución 100 y modificatorias, las imputaciones intiman a las empresas para que en el plazo perentorio de 5 días hábiles acrediten de modo fehaciente haber dado cabal cumplimiento a la norma.

A partir de esta nueva violación del decreto, se instó a las empresas del rubro alimenticio a que restablezcan los niveles de stock registrados a noviembre 2020 y arbitren las medidas conducentes para asegurar el transporte y provisión.

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