Artículo original publicado por Martín Kanenguiser en Infobae
En materia del conflicto de la deuda, también la historia argentina se repite casi en forma inevitable: el abogado que logró embargar temporalmente La Fragata Libertad hace nueve años le pidió ahora a la justicia de Nueva York que dicte una sentencia sumaria contra la provincia de La Rioja por mantener su deuda en default.
Los fondos Beauregarde Holdings LLP, Beauregarde Holdings II LLP, Sandglass Opportunity Fund LP, Sandglass Petrus Opportunity Fund LP y Sandglass Select Fund LP, a través del abogado Dennis Hranitzky del estudio Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan, LLP, “presentaron una moción de Sentencia sumaria contra la Provincia relativa al incumplimiento continuo de las obligaciones de los Bonos” con vencimiento en 2025.
Hranitzky fue quien se subió personalmente a la fragata en Ghana para concretar el embargo de la Fragata en 2012 y en 2020 armó un grupo de bonistas tenedores de deuda argentina que participó de las duras negociaciones con el Gobierno que culminaron en el exitoso canje de agosto pasado.
El entonces representante legal del fondo buitre NML de Paul Singer logró retener la embarcación argentina durante más de dos meses en ese puerto africano.
Ahora, estos acreedores de La Rioja empezaron una causa por unos USD 300 millones, en sintonía con lo que hicieron contra Entre Ríos hasta que llegaron a un acuerdo con la provincia del Litoral; ahora, solo quedan en default La Rioja, Tierra del Fuego y Buenos Aires, que asegura haber llegado a un acuerdo con una parte de sus acreedores externos después de más de un año de la cesación de pagos.
“La moción, presentada ante el Tribunal de distrito de Estados Unidos para el distrito Sur de Nueva York, inició el proceso de obtener sentencias de pago formales contra las Provincia. En conjunto, los recurrentes representan al 49,7% de la deuda de la Provincia regida por las leyes de Nueva York”, se informó.
El abogado experto en temas de deuda Lucas Piaggio dijo a Infobae que “este pedido sería equivalente a una suerte de proceso ejecutivo, como si fuera un cheque o pagaré, donde no hay mucha prueba ni defensas que ofrecer”. “Hay un título (en este caso un bono) del que surge que tenías que pagar tal día, y no pagaste. Hiciste una propuesta, no tuviste las mayorías para que operen las CAC y listo. No hay mucho más para analizar. El dictado de sentencia avanza rápidamente. Más aún cuando ya está fresca la jurisprudencia (favorable a los acreedores) por el default soberano de 2001”, explicó el profesor de derecho administrativo de la UCA y la UTDT.
La dificultad, claro está, reside en la ejecución de la sentencia, porque la provincia no tiene activos embargables en el exterior. “No es muy distinto que con el Estado Nacional; activos embargables afuera una provincia no va a tener. Con lo cual, los acreedores van a tener que esperar que la provincia voluntariamente cumpla con una sentencia eventualmente desfavorable (eso lo va a tener que hacer si quieren volver a emitir deuda en Nueva York), o van a tener que ejecutar en Argentina la sentencia favorable ante tribunales locales (eso se llama “exequatur”)”.
Al respecto, Piaggio recordó que “hay un precedente complicado para los acreedores: cuando algunos fondos quisieron ejecutar las sentencias firmes de Griesa en Argentina, la Corte Suprema terminó diciendo que eso violaba principios de orden público del derecho argentina. Con lo cual no pudieron avanzar con el exequatur”.
Según explicaron los bonistas en el PR Service, “la Provincia ha admitido, en vistas formales, que omitió pagar los intereses debidos en concepto de los Bonos en agosto de 2020 y febrero de 2021, y está previsto que la Provincia omita el pago de los intereses que debe abonar el próximo mes”. Por esta razón, “la moción de sentencia sumaria se basa sobre los hechos irrefutables contra los cuales la Provincia no tiene defensas válidas”.
“A pesar de su reconocimiento del no pago, la Provincia ha omitido contactar constructivamente con los representantes de los bonistas para negociar una reestructuración consensuada de la deuda”.
“Durante el litigio por impago de la Provincia, otras nueve provincias argentinas han alcanzado acuerdos de reestructuración de la deuda con bonistas internacionales mediante negociaciones de buena fe”
“Lo recurrente, aunque están preparados para colaborar con la Provincia para alcanzar una solución consensuada de su incumplimiento, han adoptado esta última medida para hacer valer los recursos legales que les asisten en derecho”, indicaron desde Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan LLP, uno de los estudios más fuertes de Manhattan en materia de deuda soberana.
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